Solicitud de autorización

En cumplimiento de lo establecido en la Ley 9/2001 del 21 de agosto de Conservación de la Naturaleza y en el Decreto 37/2014 de 27 de marzo por el que se declaran Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia -modificado su Anexo I en el D.O.G. nº 142 del 28 de julio que publica la Orden de 11 de julio de 2016, actualizando los límites geográficos de las ZEC de Galicia-: Es OBLIGATORIO solicitar autorización administrativa para realizar actividad espeleológica o de descenso de cañones en los espacios Red Natura.

Procedimiento a seguir hasta 72 horas antes de la actividad:
  1. Lee con atención y sigue los pasos que indica el documento Red Natura_Tutorial Uso Sede.xunta_PR004A_gal.
  2. Accede y cubre los datos del procedimiento electrónico PR004A.
  3. Puedes también adjuntar cubierto el documento Rede Natura 2000 Galicia Permiso 2019.
  4. Recibirás la respuesta en el correo electrónico que indiques en el procedimiento PR004A o en tu teléfono móvil.
  5. No imprimas la autorización, basta con llevarla en el móvil.
  6. Es obligatorio que lleve la autorización cada deportista relacionado en la actividad.

Podrás solicitar autorización para un plazo de 2 meses, como máximo. Algunas actividades impactan en las especies cuando anidan en la zona solicitada, por eso es necesario renovar la petición cada 2 meses si vas con frecuencia a esa área o si tienes concedida allí una Zona de Trabajo de la FGE.

Para evitar problemas con las autorizaciones, os aconsejamos que enviéis lo antes posible la documentación que os pida el Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza correspondiente en la concesión de autorización para la actividad espeleológica.

  • Suele pedir lo siguiente: «Al finalizar la fecha de autorización será remitido al Servicio de Conservación da Naturaleza de XX (la dirección del correo electrónico) una relación de los días, cuevas y personas por día que realizaron la actividad«.
  • Si no lo hacéis así, en la siguiente solicitud os podéis encontrar con que os la denieguen. Así: «Mientras no se reciban dichos datos por parte de anteriores participantes e incluidos en la nueva solicitud, ésta no será resuelta».

Enlaces históricos de interés:

Plan Director de la Red de Parques Nacionales

El Plan Director contiene las grandes directrices que deben aplicar, fundamentalmente las administraciones autonómicas responsables de la gestión de los parques nacionales, en materias como la conservación de sistemas naturales, investigación, uso público, seguimiento de recursos, desarrollo de infraestructuras, formación y sensibilización, coordinación y colaboración con asociaciones, entidades y administraciones gestoras.

El B.O.E. nº 257 del 24 de octubre publica el Real Decreto 389/2016 de 22 de octubre por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, que entró en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.E: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-9690

Deroga el Real Decreto 1803/1999 de 26 de noviembre por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1999-23713

Referencias:
Decreto 69/2016 de 19 de mayo por el que se crea la Red de Parques Naturales de Galicia:  http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2016/20160621/AnuncioG0422-100616-0004_es.html
http://www.xunta.gal/dog/Publicados/2016/20160621/AnuncioG0422-100616-0004_es.pdf